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Foto| Inpec| LA PATRIA  El procesado estuvo cinco años encerrado en la cárcel de Manizales. En segunda instancia el Tribunal Superior de Manizales ordenó su libertad.

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El procesado estuvo cinco años encerrado en la cárcel de Manizales. En segunda instancia el Tribunal Superior de Manizales ordenó su libertad.

Cinco años tras las rejas permaneció un campesino de Palestina (Caldas), condenado por acceso carnal abusivo con menor de 14 años.

Sin embargo, tras la apelación de la sentencia ante el Tribunal Superior de Manizales, su abogada, Sandra Lorena García Salazar, logró su absolución al demostrar un error de tipo (hace referencia al desconocimiento de uno o más de los elementos que componen un injusto penal).

La sentencia se leyó a finales de la semana pasada. LA PATRIA le cuenta detalles del proceso.

 

1. Lo atribuido

Se indicó que el 18 de septiembre del 2020, casi a medianoche, en una vereda de Palestina (Caldas), previa conversación por redes sociales, el procesado y una menor, de 12 años para ese entonces, se encontraron en la parte trasera de un inmueble, donde la víctima residía con sus padres.

Después, la menor continuó chateando con el abusador, enviándose mensajes que recordaban los actos sexuales. La descubrieron sus progenitores y ahí fue cuando ella contó todos los detalles del citado encuentro sexual, motivándose la judicialización.

 

2. Primera decisión: condena

  • -El 18 de noviembre del 2020, en audiencia preliminar presidida por el Juzgado Promiscuo Municipal en Función de Control de Garantías de Palestina, la Fiscalía imputó cargos, no aceptados. Se le impuso medida de aseguramiento en cárcel.
  • -La audiencia preparatoria se cumplió el 6 de mayo del 2021, la audiencia de juicio oral se finiquitó en tres sesiones: 8, 25 de noviembre y 3 de diciembre, todos de ese año. Se escucharon los alegatos de conclusión, emitiéndose sentido de fallo condenatorio.
  • -El 24 de enero del 2022 se le condenó a 12 años de prisión, absolviéndolo por el concurso, porque se trató de una sola conducta.
  • -Se explicó que ese día la menor salió por una ventana y que los padres se enteraron al ver en Facebook que su hija sostenía conversaciones comprometedoras con el hombre. El testimonio de la forense dio cuenta del hallazgo.
  • -La menor, en anteriores intervenciones ante la forense y la psicológa dijo que el señalado conocía su edad de 12 años para cuando se produjo el encuentro sexual, porque se la había comentado.
  • -Pero en el juicio cambió su versión e indicó que le explicó al sujeto, por redes sociales, que tenía 14 años, justificando la contradicción ante el miedo que inicialmente la invadió por la respuesta que pudieran tener sus padres cuando se enteraron del acontecimiento.
  • -Pese a eso, el Juzgado le restó valor persuasivo, indicando que, más bien entre la víctima y sus padres se notaba cierto ánimo de favorecimiento hacia el acusado después de verlo privado de la libertad con el paso del tiempo. Creyó la primera versión.
  • -Explicó que las circunstancias antecedentes, como el convivir en la misma vereda desde años atrás, frecuentar la residencia del acusado para visitar a sus ascendientes, porque incluso tenían una tienda, eran bases suficientes para entender que el señalado, de 26 años, sí sabía de esa edad de 12 años. Y que pese a estar casado y tener una hija aprovechó su ventaja en edad para engañar a la niña, utilizando una red social para planear la cita.
     

3. Segunda decisión: absolución

  • -La defensora García Salazar argumentó que el juez de primera instancia “se casó” desde un comienzo con la hipótesis de la Fiscalía, referida a que su prohijado conocía de antemano y para el momento de los hechos, en la víctima, su edad de 12 años. Incluso, desatendiendo la solicitud de absolución por dudas insalvables, pregonada por el Ministerio Público.

  • -"Al momento de abrir su cuenta en Facebook registró allí que tenía 19 años, sin ser cierto, pasando por la mentira ante sus padres sobre la relación sostenida con mi defendido y, de paso, decirle a este que tenía 14 años y no 12, para ganar su atención. La joven sí faltó a la verdad en el entorno que materializó la asistencia para el hecho delictivo denunciado", agregó la abogada.
  • -Dijo que realmente aconteció un error de tipo, pues el procesado actuó bajo la convicción errada e invencible de no estar cometiendo un delito, creyendo haber sostenido una relación íntima con una mujer mayor de 14 años.
  • "Respecto a la edad, no fue solo ella quien en el juicio aclaró haberle dicho al acusado tener 14 años, sino que sus padres adujeron que en una conversación sostenida con ella les admitió que engañó al hombre diciéndole tener 14 años. Ellos, de manera sencilla, transparente y con la honestidad que caracteriza a la población campesina, expresaron en el estrado judicial que su hija tenía una apariencia de una mujer con 15 años, dada su contextura física".
  • -El Tribunal consideró que debía revocarse la sentencia, reemplazándola con un fallo absolutorio y la libertad inmediata. "Las pruebas analizadas tornan difícil colegir que, en cabeza del acusado, no existía conocimiento y convicción de la minoría de 14 años de la niña para la fecha de ocurrencia de los hechos. Tampoco se percibe un ánimo de sacar avante al acusado. Antes bien, se trata de exposiciones sinceras".

 

Al papá se le preguntó si el procesado sabía la edad de su hija

"No, no porque nosotros llegamos allá y nunca tuvo un cumpleaños, soy del campo y no tengo para hacerle fiesticas a la niña, la de los 12 años fuimos nosotros solitos, es que ni torta le compré ni nada, simplemente el almuercito. Cuando la llevaba a las reuniones que he tenido con los bienestares familiares el que la ve dice que parece de 15 o de 16 años".
 

Contra el abuso a menores

  • Bríndeles información sobre qué es el abuso sexual y cómo prevenirlo.
  • Promueva en ellos el respeto y el cuidado por su cuerpo y el de los demás.
  • Enséñeles a expresar rechazo frente a caricias en sus partes íntimas.
  • Fortalezca su personalidad y autoestima.
  • Construya confianza con ellos, escúchelos y créales.
  • Conozca a las personas con las que comparten su tiempo, juegos y en dónde se reúnen.
  • Esté atento a las personas con las que se comunica por internet o celular. Verifique la identidad de sus amigos virtuales.
  • Enséñeles los límites que deben tener en relaciones con otros.
     

No existe un perfil definido

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) indicó que se debe tener en cuenta que no existe un perfil o un patrón específico para identificar a un agresor sexual.

De acuerdo con Medicina Legal, un pedófilo puede ser una persona de cualquier edad, sexo, condición social o económica, nivel educativo, profesión, raza, religión, condición física o cognitiva.

Existen algunas conductas del sujeto que pueden levantar sospecha y a las que se debe prestar atención como por ejemplo:

  • La insistencia por permanecer a solas con el o la menor. Inventa cualquier excusa para lograrlo.
  • La preferencia por socializar con menores de edad por encima de los adultos.
  • Las muestras exageradas de cariño o de afecto en forma injustificada e inoportuna.
  • La compulsión a la pornografía, ya sea a través de video o de revistas.
  • El haber estado involucrado o haber sido denunciado anteriormente por un abuso sexual.
  • El consumo problemático o el abuso de sustancias psicoactivas.

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